Ley Karin: canal de denuncias, plazos e implementación
Implementar un canal de denuncias exige distinguir las obligaciones de Ley Karin de las buenas prácticas de ética. Revisa los plazos y cómo organizar la recepción y el seguimiento.

Para implementar un canal de denuncias Ley Karin necesitas un medio de recepción accesible, responsables definidos y un procedimiento que active resguardos y controle plazos. El canal debe acompañar el protocolo de prevención y la investigación, no sustituirlos ni limitar el derecho de denunciar directamente ante la Dirección del Trabajo.
1. Qué exige la Ley Karin y qué debe comunicar la empresa
La Ley 21.643, conocida como Ley Karin, está vigente desde el 1 de agosto de 2024 y modifica el Código del Trabajo. Su reglamento es el Decreto 21 de 2024 del Ministerio del Trabajo. Aborda el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo ejercida por terceros, como clientes o proveedores.
Toda empresa debe contar con un protocolo de prevención y un procedimiento de investigación en su reglamento interno, e informarlos a sus trabajadores. Antes de abrir un formulario, revisa que ambos documentos indiquen cómo denunciar, quién recibe los antecedentes y qué ocurre después. La persona puede acudir a la empresa o directamente a la Inspección o Dirección del Trabajo.
Este contenido es orientativo. La empresa debe confirmar la aplicación de los plazos, el protocolo y el procedimiento de su caso con su asesor laboral o abogado laboral.
2. Plazos Ley Karin: desde la recepción hasta las medidas
Al recibir una denuncia, la prioridad es adoptar medidas de resguardo inmediatas. Entre ellas pueden estar la separación de espacios o la redistribución de la jornada, según las circunstancias. No corresponde esperar al cierre de la investigación para evaluar la protección de las personas involucradas. Registra la recepción y cada actuación con acceso restringido.
| Etapa | Plazo | Base |
|---|---|---|
| Medidas de resguardo | Inmediatas al recibir la denuncia | Art. 211-B bis del Código del Trabajo |
| Decidir investigación interna o derivación a la DT | Dentro de 3 días | Art. 211-C del Código del Trabajo |
| Investigación interna | Máximo 30 días hábiles | Art. 17 del Decreto 21 |
| Enviar informe a la DT | Dentro de 2 días hábiles desde el cierre | Art. 18 del Decreto 21 |
| Pronunciamiento de la DT | 30 días hábiles; sin pronunciamiento se entienden validadas las conclusiones | Decreto 21 |
| Aplicar medidas y sanciones | Dentro de 15 días corridos desde el pronunciamiento | Art. 19 del Decreto 21 |
No conviertas todos estos plazos a una misma unidad: hay días hábiles, días corridos y una obligación inmediata. Para el plazo inicial de tres días, confirma el cómputo aplicable con tu asesor laboral. Lleva un calendario por expediente, identifica a quien ejecuta cada tarea y deja un respaldo de los envíos y decisiones. Un aviso automático ayuda, pero no reemplaza al responsable.
3. Distinguir Ley Karin de ética y cumplimiento
La denuncia Ley Karin debe identificar a quien denuncia o a la persona afectada: no es anónima, conforme al artículo 11 del Decreto 21. Esto no significa difundir su identidad. La confidencialidad exige restringir el acceso a quienes deban intervenir y evitar que los antecedentes circulen por correos o conversaciones abiertas.
Un canal de ética y cumplimiento tiene otro alcance. En el contexto de la Ley 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, ampliada por la Ley 21.595 de delitos económicos, se recomienda admitir comunicaciones anónimas o confidenciales. Explica las opciones antes del envío: anonimato es no entregar identidad; confidencialidad es proteger los antecedentes y limitar su acceso.
Las buenas prácticas de ISO 37002 contemplan acuse de recibo en siete días y respuesta de cierre en aproximadamente tres meses, además de independencia y protección frente a represalias. Son referencias de gestión: no reemplazan ni amplían los plazos legales de Ley Karin. Si un relato mezcla materias, define su tratamiento con apoyo especializado, sin prometer resultados anticipados.
4. Cómo implementar el canal y probar que funciona
- 1Definir titulares y suplentes para recibir y gestionar casos; excluir a cualquier persona mencionada por conflicto de interés.
- 2Publicar instrucciones comprensibles, explicar las alternativas de denuncia y facilitar acceso a proveedores, contratistas y ex colaboradores.
- 3Establecer un circuito de recepción, evaluación de resguardos, investigación o derivación y seguimiento de medidas.
- 4Limitar permisos, proteger documentos y comunicar una política de no represalias, junto con una vía para informar incumplimientos.
- 5Probar el recorrido con antecedentes ficticios y verificar notificaciones, suplencias y registros antes de comunicar el lanzamiento.
La prueba debe incluir situaciones incómodas: una jefatura mencionada, un responsable ausente o un denunciante externo sin cuenta. Comprueba quién puede abrir el caso y quién recibe avisos. Después, comunica los canales de manera periódica y entrega instrucciones a quienes ingresan. Una dirección publicada una sola vez no garantiza que las personas sepan encontrarla cuando la necesitan.
5. Preguntas frecuentes
¿Una denuncia anónima activa el mismo procedimiento Ley Karin?
No debe confundirse con una denuncia identificada bajo Ley Karin. El Decreto 21 exige identificación. Si llegan antecedentes anónimos, la empresa debe revisar con su asesor laboral cómo abordarlos y prevenir riesgos, sin prometer que seguirán automáticamente el mismo procedimiento.
¿La jefatura debe recibir todas las denuncias?
No conviene diseñar una recepción automática por jefatura. Define un equipo autorizado, independiente y con suplentes. Si alguien aparece mencionado, debe quedar fuera de la gestión del caso para evitar conflictos de interés y proteger la confidencialidad.
¿Un canal digital reemplaza el protocolo Ley Karin?
No. El canal facilita recepción, trazabilidad y seguimiento, pero no sustituye el protocolo, el reglamento interno ni la responsabilidad de investigar o derivar. Tampoco elimina la posibilidad de denunciar directamente ante la Dirección del Trabajo.
6. Cómo se organiza el canal en Reneé Personas
El Canal de Denuncias está incluido en el módulo Reconocimientos y Comunicaciones de Reneé Personas, sin costo adicional. Distingue Ley Karin, con identificación, de ética y cumplimiento, que permite denunciar con nombre, de forma confidencial o anónima. Recibe los casos solo el equipo de gestión definido por la empresa, nunca la jefatura por el solo hecho de serlo; quien aparece mencionado queda excluido y el caso pasa a un suplente.
Entrega un comprobante con código y clave para seguimiento, avisos de plazos y un enlace público para externos sin cuenta. Incluye recordatorio semestral de los canales. Todo está cifrado, el equipo Reneé no tiene acceso a las denuncias y los correos de aviso no contienen el relato. El canal no usa IA y no reemplaza el protocolo ni el reglamento interno.
Revisa las funciones del canal y cómo incorporarlo a tu procedimiento de recepción y seguimiento.
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